Prisión preventiva injustificada

Jueces locales de Veracruz impusieron la prisión preventiva en casos con delitos no graves, basados en dictámenes sustentados por la Subdirección de Medidas Cautelares. Jueces federales calificaron de arbitrarias y excesivas las medidas impuestas en contra de personajes políticos como el exdirigente de un partido político, una excomisionada del Instituto de Acceso a la Información y un exsubsecretario de Finanzas.
Tito Delfín Cano manejaba sobre la carretera Álamo-Cazones, al norte de Veracruz, cuando fue detenido en un retén policíaco, después de un largo día en campaña. Eso fue la noche del 27 de noviembre de 2021. Era candidato a la dirigencia estatal de Acción Nacional (PAN), el principal partido de oposición al actual gobierno de Cuitláhuac García.

Faltaban 22 días para la elección interna. Delfín prometía un liderazgo combativo. “No vamos a ser una dirigencia sumisa, tenemos que corregir al mal gobierno de Cuitláhuac”, decía en sus discursos. Era identificado con el grupo político del panista Miguel Ángel Yunes Linares, quien duró un bienio al frente del gobierno estatal. En ese tiempo, Delfín ocupó el puesto de subsecretario de Salud.

La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción acusaba a Delfín de varios delitos: abuso de autoridad, incumplimiento de un deber legal y fraude. Estos habrían ocurrido cuando era alcalde de Tierra Blanca, entre 2011 y 2013. También se le acusaba de haber contratado a una empresa para construir una planta de tratamiento, pero que, según el expediente abierto en su contra, “no se concluyó dicha obra”.

Tito Delfín, ex diputado local, ex presidente municipal y aspirante a la dirigencia del PAN
Delfín fue llevado ante el juez local Francisco Reyes Contreras, quien le impuso prisión preventiva justificada por seis meses. La decisión se basó en
un dictamen técnico de la Subdirección de Medidas Cautelares, en el cual se concluía que tenía altos riesgos de fuga por ser candidato a la dirigencia de un partido político.
Los delitos por lo que se le acusó no eran graves, ni ameritaban prisión, como determinó un juez federal meses más tarde.

Dicha subdirección depende de la Dirección General de Prevención y Reinserción Social de la Secretaría de Seguridad Pública, que a su vez depende del gobierno de Veracruz. Es la encargada de realizar un perfil de la persona imputada para determinar el riesgo que representa para la víctima, la sociedad y el proceso y así imponer medidas cautelares.

En Veracruz, el 71% de las personas privadas de la libertad están en prisión oficiosa y el 9.3 % en prisión justificada, según el Censo Nacional de Sistemas Penitenciarios Federal y Estatal, 2023. Estas medidas se suman a la lista de excesos judiciales contra personajes políticos.

Jueces federales señalaron que, en Veracruz, jueces veracruzanos aplicaron la prisión preventiva justificada de manera arbitraria e inconstitucional en Delfín y otros casos. Como ejemplo, está la historia de Yollí García Álvarez, excomisionada del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información, y de Bernardo Molina, exsubsecretario de Finanzas y Administración.

Los jueces federales critican a los locales por imponer dicha medida en delitos no graves, donde existían alternativas menos severas. Incluso, ordenaron variar la medida cautelar, por ser excesiva. Los dictámenes de riesgo para justificar la prisión como única medida estuvieron sustentados por la Subdirección de Medidas Cautelares.

Tito Delfín, a amparo 620/2022
Así ocurrió con Yollí García. Un día después de terminar su encargo como presidenta del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) y perder el fuero que la protegía de acciones judiciales, fue citada en un café por Naldy Rodríguez, exjefa de Transparencia de la Secretaría de Gobierno del estado y quien la reemplazaría en el cargo. Apenas se estacionó, policías ministeriales la detuvieron.

Yolli García, ex comisionada del IVAI
La Fiscalía Anticorrupción la acusó por ejercicio indebido del servicio público, abuso de autoridad y coalición. Era marzo de 2020. Según García, no recibió un citatorio previo y los delitos se sustentan en que, durante su encargo, nombró a dos funcionarios en el Órgano Interno de Control (OIC) del instituto sin tener atribuciones legales.

Por estos hechos, el juez local Esteban Nogueira dictó prisión preventiva justificada para García. La medida se fundamentó en un informe y un dictamen de riesgo emitidos por la Dirección de Medidas Cautelares, los cuales concluyeron que la acusada representaba un alto riesgo de fuga.

La Fiscalía argumentó que la exfuncionaria podía evadir la justicia, ya que poseía un pasaporte vigente, había viajado al extranjero en varias ocasiones y contaba con recursos económicos y propiedades fuera de Veracruz.

El Código de Procedimientos Penales de México establece que
la prisión preventiva es una de las medidas más severas que un juez puede imponer.
Por ello, se usa como excepción solo en casos de delitos graves o cuando otras medidas no sean suficientes y la libertad del acusado represente un riesgo para la investigación o las víctimas.

Por su parte, Bernardo Segura Molina, exsubsecretario de Finanzas y Administración durante el gobierno de Yunes Linares, fue detenido en octubre de 2019. Inicialmente, se le acusó de ejercicio indebido del servicio público y abuso de autoridad por aprobar movimientos no autorizados en una cuenta bancaria destinada a recursos recuperados de actos de corrupción.

Luego, en enero de 2021, la Fiscalía le abrió otro proceso penal por incumplimiento de un deber legal y coalición. Esta vez porque durante su encargo no depositó nueve millones de pesos del fondo de proyectos de desarrollo regional al Ayuntamiento de Xalapa.

Ocho meses después, se le inició un nuevo proceso por incumplimiento de un deber legal, abuso de autoridad y desvío de recursos. La acusación fue por transferir recursos económicos del fondo de contingencias a una cuenta distinta a la de la Secretaría de Finanzas.

Francisco Reyes, juez local del Distrito Judicial de Xalapa, desestimó las pruebas documentales que la defensa entregó sobre el arraigo de Segura Molina en Veracruz y consideró que, por la función pública que desempeñaba, podía darse a la fuga. Así, impuso prisión preventiva justificada, aunque los delitos no lo ameritaban y la medida era desproporcionada, según se determinó en, al menos, cuatro amparos federales.

Por ejemplo, en el amparo 85/2021, el juez federal Jesús Arturo Cuéllar expuso que el juez local consideró necesaria la prisión preventiva para garantizar la seguridad de los testigos y evitar que Molina Segura obstaculizara el proceso. No expuso sus argumentos para llegar a esa conclusión.

AMPARO FEDERAL BERNADO MOLINA, 85/2021
La ley considera que
la prisión preventiva justificada resulta arbitraria cuando no es necesaria o no está bien fundamentada, especialmente si se pueden aplicar otras medidas menos severas.
En Veracruz se ha incurrido en varias de estas causales, afirma el abogado penalista Felipe Fernández Basilio.

“Ocupan la figura de la prisión preventiva para poner fuera de circulación políticamente a los que son investigados, a pesar de que solamente se puede ocupar en casos extremos. El abuso se da porque la Fiscalía es consciente de su propia incompetencia y así busca mantener en prisión a quienes investiga y en ningún caso llega a obtener una sentencia firme en contra de ellos”, explica Fernández Basilio.

Salir de la cárcel
La situación de Tito Delfín se complicó penalmente conforme pasaron los meses. En mayo de 2022, la Fiscalía pidió prorrogar por seis meses más su sentencia y el juez local avaló la petición. El argumento fue que “tenía niveles altos de sustracción”, representaba “un peligro de obstaculización del desarrollo de la investigación” y “existía un peligro latente para la comunidad por el hecho que pueda volver a realizar otros ilícitos”.

A través de un amparo, un juez federal revocó esa decisión y criticó al juez veracruzano por no analizar si las consideraciones plasmadas en el dictamen de la subdirección de medidas cautelares eran razonables o estaban apegadas a derecho.
“Estimar lo contrario implicaría someter la libertad del quejoso a la consideración de quien elaboró el dictamen”, dice el documento.
En su resolución, el juez federal Fermín Santiago alertó que los ilícitos por lo que se vinculó a proceso a Delfín no ameritaban prisión preventiva oficiosa. Además, declaró que extender la prisión preventiva violaba sus derechos a la libertad y presunción de inocencia.

Tras un año en reclusión,
Delfín logró salir del Penal de Pacho Viejo, en Coatepec. Pero apenas dio un paso afuera, fue detenido nuevamente, ahora por delitos ambientales.
Lo acusaron de que, como presidente municipal de Tierra Blanca, otorgó la concesión para un relleno sanitario que presentó deficiencia en su operación.

Al día siguiente, la jueza local Mónica Segovia lo vinculó a proceso. Pero la acusación tampoco se sostuvo. El juez federal Ezequiel Santos Álvarez determinó que los datos probatorios eran “insuficientes para sujetarlo al procedimiento” y que “la criminalística de campo y la pericial en materia ambiental resultaron insuficientes para acreditar que el quejoso participó en la comisión de los hechos señalados por la ley como delitos ambientales”.

AMPARO TITO DELFIN 1037/2022
Así, en octubre de 2023, el juez Santos Álvarez varió la medida cautelar de Delfín para continuar fuera de prisión su proceso penal por los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de un deber legal y fraude. Su caso fue expuesto en la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador en la sección “jueces que liberan delincuentes”.

Delfin sigue un proceso judicial y el liderazgo que tenía ha recaído en su hija Alicia, quien fue candidata plurinominal a diputada local. Él evitó dar una entrevista para este reportaje y se mantiene cauteloso de sus actividades públicas.

Yollí García pasó más tiempo encarcelada. Su defensa jurídica intentó cambiar la medida cautelar de prisión a través de varios amparos federales, pero le fue negada en reiteradas ocasiones. Ello, a pesar de estar enferma y ser operada a corazón abierto. Las fotografías de García convaleciente de la operación con un pie esposado a la cama de hospital generaron indignación nacional.

“Soy una presa política ya que he sido privada de mi libertad producto de una venganza política (…). Han aprovechado todo su poder y el control que tienen sobre el poder judicial local y federal para seguir un proceso atípico en mi contra”, escribió en una carta.

Carta de Yolli García
También dijo que le abrieron otras carpetas de investigación: “Me fueron abriendo una carpeta nueva cada diciembre, era mi regalo de Navidad de parte del gobernador”.

Ante la negativa del juez local de revisar sus medidas, Yollí García interpuso recursos legales hasta que, en un amparo federal, un juez le dio la razón. Revocó la prisión e hizo severos señalamientos al juez local. En el documento se lee lo siguiente:
“el actuar del juez responsable es francamente inconstitucional, ya que evadió analizar cuál era el impacto del estado de salud de la quejosa”.
El juez federal también señaló que el tiempo de García en prisión superaba ya la pena mínima de los delitos que le imputaban, por lo que fue prácticamente era una pena anticipada. Finalmente, fue liberada en julio de 2023.

AMPARO YOLLI GARCIA 553/2022
En distintos foros de Yucatán y Sinaloa, Yollí García ha dicho que, como presidenta del IVAI, en julio de 2019 ordenó que el gobierno de Cuitláhuac García entregara información sobre la compra de 160 patrullas. Después, en octubre de 2019, pidió transparentar las denuncias por el parentesco familiar entre el gobernador y el subsecretario de Finanzas.

También contó que, mientras estuvo en prisión, les pidieron a dos de sus consejeros que renunciaran porque había instrucciones de desmantelar su gestión. “Si renuncian, no la vinculamos a proceso y en la audiencia próxima la liberamos, les dijeron. En un acto de solidaridad, mis compañeros renuncian. Llega la audiencia y no solo me vinculan, sino que estuve tres años y medio en prisión”, relató.

Afirma que su detención tiene que ver con las órdenes que dio para entregar información vía Transparencia que el gobierno de Cuitláhuac García se negaba a dar: “Mi caso tiene que servir, no para que nos dé temor como órganos garantes, sino como ejemplo de lo que no debería pasar, y tenemos el valor de abrir la información pública. Tenemos que hacerla cumplir”.

Este caso es “prueba del uso político de las instancias de procuración e impartición de justicia”,
afirmó Lourdes Morales, del Instituto de Investigación en Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción de la Universidad de Guadalajara, durante un foro en marzo de 2023. Asimismo, aseguró que “no solo se está atentando contra los derechos de una mujer, además es un mensaje de mordaza a quienes deben garantizar un derecho fundamental”.

¿Revanchismo político?
En noviembre de 2022, una juez federal pidió variar la medida de prisión para que Bernardo Segura pudiera seguir su proceso en libertad.

El gobernador Cuitláhuac García se pronunció sobre el caso. “Diferimos del criterio que utilizó la jueza Daniela María León (…) en beneficio de Bernardo N (…) vamos a estar muy atentos (…). En el nivel federal, todavía hay algunos jueces que se exceden en favor de los presuntos culpables de corrupción y por eso no se alcanza la justicia, porque en ese eslabón sospechamos que hay complicidades”, dijo en conferencia de prensa en noviembre del 2022.

Por estas declaraciones, el 27 de noviembre del 2022, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación emitió una carta. Dice lo siguiente:
“ofende la exhibición pública e injustificada de las personas juzgadoras federales, por cumplir con su delicada función constitucional de impartir justicia”.
El hermano de Bernardo, Roberto Segura, está convencido de que los jueces y la Fiscalía inventaron carpetas de investigación cuando estaban “a punto de demostrar su inocencia”. Asegura que se trata de “revanchismo político”, porque “no se trata de hacer justicia, quieren retenerlo en prisión”.

La prisión preventiva oficiosa no es la única medida excesiva que un juez puede imponer. El caso de José Alfredo López Carreto, secretario del Ayuntamiento en Actopan, es ejemplo de ello.

En ese pequeño municipio en el centro de Veracruz, el Congreso Local desaforó a José Paulino Domínguez Sánchez, entonces alcalde del PAN, quien había sido acusado de corrupción. Por ello, López Carreto debía reemplazarlo como suplente, pero no fue así, ya que un interino externo ocupó su lugar.

José Alfredo López Carreto, ex funcionario del Ayuntamiento en Actopan,
Cuatro meses después, López Carreto denunció que lo presionaron para renunciar. Un mes más tarde, lo detuvieron por presuntas amenazas contra el periodista Celestino Ruíz, quien fue asesinado en 2019. Aunque López Carreto salió libre al día siguiente, un juez de control le impuso una medida cautelar que le impidió asumir el cargo de alcalde suplente.

En septiembre, un juez federal le concedió un amparo y ordenó no vincularlo a proceso por el delito de amenazas, ya que los testimonios de tres testigos protegidos no coincidían con las declaraciones del familiar del periodista que presentó la denuncia. Además, afirmó que las medidas cautelares impuestas eran excesivas.

“A esta persona la acusaron por un delito de amenazas, el cual no es en contra del servicio público y por eso no le aplica la medida cautelar de inhabilitación para desempeñar un cargo público”, dijo Felipe Fernández, quien en algún momento asesoró jurídicamente a López Carreto. También aseguró que
la acusación tenía como fin separarlo del cargo de secretario del Ayuntamiento, así como de la suplencia a la alcaldía que le correspondía por ley.
El penalista Tomás Mundo, del proyecto Inocencia que busca la liberación de personas encarceladas injustamente, comparte que tiene documentados informes policiales inverosímiles y pruebas inventadas en miles de casos en Veracruz donde hay abuso de la prisión preventiva. “El Estado fábrica pruebas con la complicidad de una Fiscalía sin autonomía y un poder judicial sumiso que encarcela gente sin elementos probatorios”, concluye.

Investigación: Flavia Morales
Ilustraciones: Bruno Ferreira
Fotografía: AVC Noticias
Diseño multimedia: Francisco Javier Sánchez Barradas
Acompañamiento editorial: equipo Connectas