Xalapa, Ver.- (AVC) El Congreso de Veracruz aprobó una reforma constitucional que cambia el modelo de designación, remoción y duración del encargo de la persona titular de la Fiscalía General del Estado.
Estos son algunos de los puntos clave.
1. Nuevo modelo de nombramiento del Fiscal
La persona titular del Poder Ejecutivo propondrá directamente a quien ocupe la Fiscalía General del Estado. ( Antes se emitía una convocatoria por el Congreso)
El Congreso deberá aprobar la propuesta por mayoría calificada en un plazo máximo de cinco días hábiles. Si no se pronuncia, la propuesta se considerará aprobada automáticamente.
2. Segunda propuesta y facultad de designación
Si el Congreso rechaza la primera propuesta, el Ejecutivo enviará una segunda.
Si esta también se rechaza o el Congreso no vota en el plazo señalado, el Ejecutivo podrá designar al Fiscal entre las dos personas propuestas.
3. Duración del cargo y ratificación
El encargo del Fiscal se reduce de nueve a cuatro años, con posibilidad de una sola ratificación por parte del Ejecutivo para otro periodo igual.
Si no hay ratificación, se inicia un nuevo proceso de designación.
4. Remoción con control legislativo
El Ejecutivo podrá remover al Fiscal por causas graves previstas en la ley.
El Congreso podrá objetar la remoción con la misma votación requerida para su nombramiento y en un plazo de cinco días hábiles.
5. Requisitos y perfil reforzado
La reforma actualiza los requisitos para ocupar la Fiscalía: ciudadanía mexicana por nacimiento, título en Derecho con cinco años de antigüedad, evaluaciones de control y confianza, y no tener condenas por ciertos delitos.
El perfil exige conocimientos jurídicos, experiencia en procuración de justicia, perspectiva de género y respeto a derechos humanos.
6. Nuevas facultades para el Congreso y el Ejecutivo
El Congreso obtiene la facultad expresa de aprobar el nombramiento del Fiscal.
El Ejecutivo suma la atribución de proponer, remover y ratificar a la persona titular de la Fiscalía.