La nueva Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana
Dr. Edgar González Gaudiano
Investigador de la Universidad Veracruzana
El 22 de marzo del presente año, el Consejo Universitario General (CUG) aprobó el anteproyecto de ley orgánica que sustituirá, una vez aprobado por el Congreso del Estado, la Ley Orgánica vigente y la Ley de Autonomía. Este marco normativo tenía más de treinta años (1993) en el caso de la ley orgánica y casi 30 (1996) en el caso de la ley de autonomía.
Si bien ambas leyes habían tenido sendas reformas en 1996 y 2000, respectivamente, ha sido evidente la urgencia de una renovación que pusiese al día nuestra normatividad con los múltiples cambios que han sucedido durante estas tres décadas.
Por un lado, la aprobación de la Ley General de Educación Superior (2021) (LGES) ha obligado a las instituciones de educación superior a armonizar sus marcos normativos, toda vez que al ser la ley reglamentaria del Artículo 3° Constitucional para la educación superior y de observancia general, impone a las instituciones de educación superior e incluso a las universidades autónomas acatar sus disposiciones que son de orden público e interés social.
El artículo 2 de la LGES establece que para proceder a modificar sus correspondientes leyes orgánicas las universidades autónomas deberán haber realizado consultas previas, libres e informadas a la comunidad universitaria y a sus órganos de gobierno, así como contar con la aprobación de su máximo órgano de gobierno colegiado, en nuestro caso, el Consejo Universitario General.
Esos condicionantes se cumplieron con holgura dando el tiempo necesario a cada proceso durante 2022 y 2023, bajo la conducción de una Comisión Transitoria para la Elaboración del Anteproyecto de Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana. La aprobación del CUG se obtuvo el 22 de marzo de 2024.
El proceso legislativo que ha de realizarse deberá respetar, en todo momento y de manera irrestricta, el derecho de las universidades autónomas : de gobernarse a sí mismas; realizar sus fines de educar, investigar y difundir la cultura respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinar sus planes y programas; fijar los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; así como administrar su patrimonio (LGES, 2021).
El anteproyecto de ley orgánica integra tanto la ley orgánica vigente y la ley de autonomía en un solo texto legal, destacándose el interés superior del estudiante, así como avanzar progresivamente hacia la gratuidad de los servicios educativos e impulsar políticas y programas orientados a erradicar todo tipo y modalidad de violencia ―en particular la de género― en las funciones sustantivas y las actividades universitarias.
En segundo lugar, el anteproyecto considera las trascendentes reformas constitucionales y legales ocurridas en México durante los últimos años, como las realizadas en materia de derechos humanos, en transparencia y rendición de cuentas. En su conjunto, ello permite superar en la ley vigente todos aquellos aspectos calificados de inoperantes por sus imprecisiones, ambigüedades, complejidad y vacíos normativos, para dar pie a una gestión universitaria democrática e incluyente.
El anteproyecto es un documento muy cuidado en su redacción para facilitar su comprensión, es flexible con base en una coherencia interna y cuidada técnica legislativa que establece los aspectos fundamentales para el ejercicio de la autonomía universitaria; que permite defender a la Universidad de criterios ajenos y políticas externas que pudieran perturbar la elaboración de las diversas disposiciones normativas de carácter secundario, que tendrán lugar una vez aprobada la nueva ley de autonomía.
Siendo una ley orgánica la norma superior de una universidad, todo acto de reforma o generación de un nuevo texto reviste la máxima trascendencia para la vida institucional. Toda la gestión universitaria y la organización de la vida universitaria misma gravita en torno de su ley orgánica y da sustento al ejercicio pleno de su autonomía. En pocas palabras, materializa su identidad constitutiva.
Una ley orgánica recupera en su espíritu y contenido la historia y tradición de una institución y traza los senderos por los que ha de transcurrir durante su vigencia, para responder con compromiso a las realidades sociales, ambientales, políticas y científicas que caractericen las desafiantes circunstancias actuales y por venir.
De ahí que el proceso que vive la Universidad Veracruzana en estos momentos debe constituir un acontecimiento de la más alta prioridad e interés para todos y todas quienes formamos parte de esta honorable institución educativa. |