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Sábado 21 de diciembre de 2024
Diálogo en el Olimpo

Actualizado: 2024-10-11

“DEBO, NO NIEGO; PAGO, LO JUSTO”


Teresa Carbajal


 


· Diálogo en el Olimpo


 


Parte de la mala fama de los Jueces, históricamente hablando, es su inaccesibilidad; vista no como la dificultad para llegar a ellos, sino para que estos entiendan la vida terrenal fuera de sus oficinas, y apliquen las leyes en Sentencias que reflejen los sentimientos de la Constitución y la urgente necesidad de que los derechos sean humanos.


Eso pasa con los Jueces, quienes a veces derrotados por la enorme carga de trabajo caen en el error de excederse en la confianza con sus secretarios al depositar en ellos confianza absoluta sin la revisión escrupulosa de los acuerdos y las resoluciones.


Lo que hace parecer que no fuimos debidamente juzgados, o tomados en cuenta al momento de exponer el caso o la defensa, pues se aplica la norma equivocada (incorrecta fundamentación), o se nos deja insatisfechos con los motivos que expone el juzgador con la exégesis de la norma a la particularidad del caso (deficiente motivación).


Un caso debe ser resuelto; con las leyes que le sean exactamente aplicables, respetando el debido proceso, (esto es dando en todo momento al justiciable las garantías necesarias para que haga valer su defensa), y no menos importante, valorando todas las circunstancias del hecho sociales, políticas y económicas.


Si esta última parte no se cumpliera, entonces se le quitaría al derecho su verdadera razón de ser, privando a los gobernados del derecho de acceder a la justicia. Permitiendo al poderoso aplastar al desvalido, al rico ser más rico, y al abusivo salir airoso de sus fechorías.


De tal manera, que lejos de regular la convivencia social, se rompería el orden social, produciendo el encono y la indignación de los caídos en desgracia por la indiferencia de un estado fallido que no sabe, ni puede, dar justicia.


Eso pasa con los Jueces le decía, pero es peor lo que pasa con los Magistrados, esos que parece viven en el Olimpo (con sus honrosas excepciones) quienes llegan a ver solo en blanco y negro, contemplando desde su cima, la vida mortal, mediante la suma de uno, más uno, igual a dos, sin ser matemáticos.


Olvidando que son personas y no números de expedientes, la materia de lo que trata su estudio. Vamos a lo concreto; las personas en situación de deuda, y los motivos por los cuales llegaron a un remate de sus bienes.


¿Se logra analizar en un caso de deuda, el origen del conflicto? La usura, el covid y sus consecuencias, la quiebra de las economías familiares ante la falta de un rescate honesto de quienes regulan a las instituciones de crédito, el cambio climático, o las erradas decisiones gubernamentales de cargar la mano a los que pagan, al fin que siempre pagan y hasta donde aguanten.


La legalidad de los “tratos” ofrecidos a los clientes al corriente al momento de sobrevenirnos la tragedia del Covid, o simplemente ignorarlos, por tener licencia y carta abierta para cobrar.


Es importante reconocer a los impartidores de justicia que no han perdido ese contacto con la realidad y que juzgan conforme a lo que debe ser, pero también es momento de exhortar a los del Olimpo, como una Magistrada con la que tuve espacio de platicar este pasado miércoles, de quien recogí su percepción de la realidad de las personas en situación de deuda.


Me cuestionaba sobre los motivos por los cuales una persona que es sabedora de una deuda no paga, o no cumple un contrato en tiempo y forma, bajo la premisa de que, si la firma existe, y la obligación existe, esta tuvo que cumplirse de un modo o de otro, sin que el covid o la ausencia de salud tuvieran algo que ver con esto.


Así también sobre la culpa de no haber propuesto una defensa, como si todos o cualquiera hubiéramos cursado la carrera de derecho; comprometiéndose al final a revisar el caso a detalle, a fin de resolver lo que en derecho procediera.


Pero quedando de manifiesto los juicios o prejuicios, que ya se verá pesarán en su determinación final. No es ocioso decir que siempre hay una defensa justa, siempre hay una ley, un artículo, una interpretación o una falla en el proceso de los que creen que el que cobra siempre tiene la razón. Y esto es asi, porque la tengan o no, toda ejecución debe ser legal, conteste o no conteste el demandado, y vigilar que eso suceda es la función de los operarios de la justicia, sin beneficiar a uno sobre otro, por ser igual o desigual, pues su deber es ser justos, y no justicieros.


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