Policía de Orizaba, ejecutó a hermanos y alteró escena, tendrá que indemnizar

Por: AVC/Noticias �
Fotografía: Yerania Rol�n /AVC Noticias.


2020-10-17
La Comisión Estatal de Derechos Humanos acreditó que elementos de la policía municipal de Orizaba dispararon y mataron injustificadamente a los hermanos Román Pérez González y Ernesto Pérez en noviembre del 2018. * Ayuntamiento tendrá que disculparse y pagar indemnización.



Xalapa, Ver. (AVC/Perla Sandoval) La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) en Veracruz acreditó que elementos de la policía municipal de Orizaba dispararon y mataron injustificadamente a los hermanos Román Pérez González y Ernesto Pérez en noviembre del 2018. Los elementos no pudieron comprobar que estuvieran armados o hubieran cometido algún ilícito y tras estos hechos, alteraron la escena del crimen.

La recomendación 152/2020, determinó que la versión “oficial” de la policía municipal de que el asesinato ocurrió al repeler una agresión el 1 de noviembre, no tiene sustento y los policías municipales modificaron la escena del crimen, con la supervisión del encargado de la Policía Municipal, Juan Ramón Herebia Herández.

Tras la agresión, otros policías municipales se trasladaron al lugar de los hechos y durante ese tiempo la Comisión pudo corroborar que existió una alteración de la escena del crimen: Esto se comparó con imágenes que la madre de los jóvenes pudo tomar, ya que se observa que los cuerpos habían sido movidos y les había sido puesta un arma de fuego a un costado.

La Comisión localizó un video que muestra el momento en que los policías municipales disparaban contra los hermanos; en la grabación se observan diversas personas con uniformes de policía que pasan corriendo sobre la calle y hablando en voz alta, y se escucha que uno de ellos pronuncia la frase “no era güey”.

En la relatoría de hechos, se establece que en la madrugada el 1 de noviembre, Luz María González, madre de ambos, escuchó detonaciones de arma de fuego afuera de su hogar, por lo que su hijo Ernesto salió para ver qué sucedía; al cesar los disparos su madre se asomó y vio a sus dos hijos tendidos sobre el pavimento cubiertos de sangre.

Se trataba de Román Pérez 31 años, profesor de secundaria con seis años de servicio y Ernesto Pérez , odontólogo de 33 años de edad.

Desmienten versión Oficial

En el reporte policiaco, los elementos municipales informaron que realizaron la persecución de un vehículo marca Jeep color blanco, al cual dispararon en diversas ocasiones hasta que el conductor descendió y se dirigió corriendo a su domicilio para pedir ayuda, al momento salió su hermano, por lo que ambos recibieron impactos de bala por parte de los policías, perdiendo la vida en ese instante.

Ante, esto, la Comisión estableció que la autoridad no probó que la persecución y el uso de la fuerza letal contra las víctimas estuviera justificado.

“Tan es así que se radicó la carpeta de investigación ante la Unidad Integral de Procuración de Justicia de Orizaba, Veracruz, en la que SP3, SP4, SP5, SP6, SP7 y SP8 (elementos de la Policía Municipal de Orizaba al momento de los hechos) fueron puestos a disposición luego de advertirse que actuaron probablemente fuera del marco legal”.

Los policías involucrados fueron vinculados a proceso por el delito de homicidio doloso y, hasta el momento, no han emitido declaración alguna en torno a los hechos, a pesar de que en la carpeta de investigación se determinó que los tres proyectiles de arma de fuego que impactaron al vehículo oficial tipo patrulla de la Policía Municipal de Orizaba se realizaron de adentro hacia afuera.

“Se puede establecer razonada y objetivamente que no hubo una agresión del exterior hacia la unidad que tripulaban los elementos señalados, con la cual pudieran justificar que las detonaciones fueran una respuesta proporcional a alguna agresión sufrida”, señala la recomendación.

A ello se suma que ninguno de los elementos puestos a disposición presentó huella de lesiones recientes y tampoco han referido que hubiesen sido objeto de agresiones por parte de las víctimas, ni existe prueba alguna que permita suponerlo.

En cambio, se advierte que los impactos en el vehículo del maestro Román fueron distintos en forma y dirección a los hallados en el lugar de los hechos, por lo que se consideró que el tirador adoptó una posición en movimiento, lo cual es coincidente con la versión de que durante la persecución los policías iban lanzando disparos al vehículo.

Videos muestran que armas fueron “sembradas”

La Comisión localizó un video que muestra el momento en que los policías municipales disparaban contra los hermanos; en la grabación se observan diversas personas con uniformes de policía que pasan corriendo sobre la calle y hablando en voz alta, y se escucha que uno de ellos pronuncia la frase “no era güey”.

“No ha sido probado que ambos hermanos hubieran incurrido en alguna conducta que ameritara el uso de la fuerza en su contra, ni que en ese momento, alguno de ellos hubiese portado o utilizado un arma de fuego para agredir a los policías municipales. Al contrario, Román llegó a su casa para ponerse a salvo mientras que su hermano Ernesto interrumpió su descanso para salir a su encuentro, y una vez fuera de su hogar, ambos fueron privados de la vida por dichos servidores públicos”, señala el reporte.

Tras la agresión, otros policías municipales se trasladaron al lugar de los hechos y durante ese tiempo la Comisión pudo corroborar que existió una alteración de la escena del crimen; esto se constató con imágenes que la madre de los jóvenes pudo tomar, ya que se observa que los cuerpos habían sido movidos y les había sido puesta un arma de fuego a un costado.

La mujer aseguró haber visto que previo a la manipulación de los cuerpos, uno de los policías que encontraba afuera de su domicilio se estaba colocando unos guantes quirúrgicos en las manos.

Cabe destacar que personal de servicios periciales de la Fiscalía General de Veracruz realizó una inspección pericial de ambas fotos y concluyó que los dos cuerpos fueron cambiados de posición.

“La criminalística de campo con secuencia fotográfica y levantamiento de cadáver e indicios realizada en la fecha de los hechos mediante informe [...], describe cómo se encontraba el cuerpo de V5, precisando que “la prenda de vestir tipo playera color blanco, se encontraba arremangada con una trayectoria de abajo hacia arriba, efecto característico a un arrastre del cuerpo”, señala ese reporte.

Y agrega que que “sobre la cinta de rodamiento [...] se apreció una mancha de líquido rojo al parecer de origen hemático en forma de arrastre [...] interceptando la extremidad superior izquierda del cuerpo”.

Además, el dictamen en alcance al informe pericial en materia de balística identificativa, realizado al arma de fuego que fue hallada cerca de las víctimas, concluyó que no presentaba huellas dactilares útiles –completas o fragmentadas–, lo cual indica que no fue manipulada con la mano desnuda.

“Con tales evidencias técnicas y circunstanciales puede determinarse fehacientemente que existió una alteración del lugar de los hechos y que ésta fue realizada y/o tolerada por el superior jerárquico y demás elementos de la Policía Municipal de Orizaba, por haber sido las únicas autoridades presentes”.

La Comisión determinó la inmediata manipulación de la escena indica el ánimo de obstaculizar el esclarecimiento del crimen y encausar la responsabilidad hacia las víctimas por su muerte, como un medio para justificar la agresión realizada indebidamente en contra de los hermanos por parte de quienes en ese momento se desempeñaban como elementos de la Policía Municipal de Orizaba.

Ayuntamiento deberá disculparse y pagar indemnización a familiares

La CEDH estableció que como parte de la recomendación, el Ayuntamiento de Orizaba, gobernado por Igor Rojí López deberá otorgar atención médica, psicológica especializada conforme a sus necesidades, considerando que en la actualidad ya cuentan con un tratamiento en materia de psicología y tanatología.

Se considera indispensable que se pague una compensación que contemple la reparación del daño moral ocasionado por la privación de la vida de los hermanos, el daño emergente provocado por el desgaste económico que generó en las víctimas el someterse a procesos de búsqueda de justicia, contratación de asesoría jurídica privada especializada, cubrir durante un año la pensión alimenticia de una menor de edad y posteriormente sus gastos totales de manutención, los costos del tratamiento requerido en materia de psicología y tanatología, los gastos funerarios, entre otros que sean acreditados por las víctimas al momento de realizar la cuantificación.

Además, deberá contemplar el lucro cesante que sufrió el padre de los maestros al momento de verse obligado a adelantar su jubilación y renunciar a una parte del sueldo que percibía,; adicionalmente la autoridad responsable deberá realizar un reconocimiento público de responsabilidad por la ejecución injustificada que elementos de la Policía Municipal cometieron en agravio de los hermanos y deberá ofrecer una disculpa pública a sus seres queridos manteniendo la privacidad de su identidad, así como asumir el compromiso de reparar el daño a las víctimas de forma integral y garantizar la no repetición de hechos semejantes.

Con este acto, se buscará restablecer públicamente el honor y la dignidad de la familia afectada y se hará saber a la sociedad que este tipo de violaciones a derechos humanos ya no gozarán de impunidad, exhortándoles a no permitir su repetición.

Y se ordena el inicio de investigaciones internas, diligentes, imparciales y exhaustivas, con la finalidad de determinar la responsabilidad administrativa individual de todos los funcionarios que participaron–por acción u omisión– en cada una de las conductas violatorias de derechos humanos precisadas y acreditadas a lo largo de la presente Recomendación. Además, si de los resultados se advierten conductas sancionables por la ley penal, se deberá dar vista a la autoridad competente.


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