Convocatoria para elegir a magistrados será el 30 de enero
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2025-01-20.- Los Poderes del Estado instalarán sus respectivos Comités de Evaluación a más tardar el 28 de enero de 2025 y publicarán las convocatorias a más tardar el 30 de enero.
Xalapa, Ver.- (AVC/Perla Sandoval) Los diputados locales aprobaron la convocatoria para integrar listados de candidatos para renovar cargos de Poder Judicial del estado. Los Poderes del Estado instalarán sus respectivos Comités de Evaluación a más tardar el 28 de enero de 2025 y publicarán las convocatorias a más tardar el 30 de enero.
El plazo para que las personas interesadas se inscriban en las convocatorias emitidas por los Comités de Evaluación comprenderá del 31 de enero al 7 de febrero de 2025.
Los Comités de Evaluación verificarán que los aspirantes reúnan los requisitos constitucionales de elegibilidad a través de la documentación que presenten a más tardar el 21 de febrero y publicarán el listado de las personas que hayan cumplido con los requisitos constitucionales de elegibilidad el 22 de febrero.
Calificarán la idoneidad de las personas elegibles y publicarán el listado a más tardar el 12 de marzo. Los Comités depurarán el listado mediante insaculación pública para ajustarlo al número de postulaciones para cada cargo por cada Poder atendiendo a su especialidad por materia y observando la paridad de género; publicarán los resultados en los estrados habilitados y los remitirán a más tardar el 14 de marzo al Poder que corresponda.
Aprobarán los resultados a más tardar el 17 de marzo el Poder Ejecutivo, por conducto de la persona titular del Gobierno del Estado; el Poder Legislativo, por conducto del Pleno del Congreso del Estado, mediante votación calificada de las dos terceras partes de las Diputadas y Diputados presentes; y el Poder Judicial, por conducto de la persona que presida el Tribunal Superior de Justicia, por votación de la mayoría del Pleno de dicho Tribunal.
Los listados aprobados serán remitidos al Congreso del Estado a más tardar el 19 de marzo y este integrará los listados y expedientes de las personas postuladas por cada Poder a más tardar el 20 de marzo a efecto de que organice el proceso electivo.
Señala que los cargos a elegir en el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 incluyen ocho magistradas y siete magistrados del Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo siguiente: 6 magistraturas para la materia Penal, 4 magistraturas para la materia Familiar, 3 Magistraturas para la materia Civil, y 2 Magistraturas para la materia Constitucional.
Además, tres Magistradas y dos Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, una Magistrada o Magistrado del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, así como 39 Juezas y treinta y 8 jueces de Primera Instancia.
Se trata de 43 Juzgados para la materia Penal, 10 Juzgados para la materia Civil, 12 Juzgados para la materia Familiar, 5 Juzgados para la materia Laboral u 7 Juzgados Mixtos para las materias penal, civil y familiar.
En la postulación, elección y asignación de los cargos antes referidos se garantizará la paridad de género y el ámbito territorial electivo será bajo una única circunscripción estatal.
Quienes deseen participar deben presentar acta de nacimiento en copia certificada o, en su caso, documento que acredite la nacionalidad mexicana. Original o copia certificada por autoridad competente o fedatario público de la credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Nacional Electoral.
Título o cédula que acredite que la persona aspirante cuenta con licenciatura en derecho. Certificado de estudios o de historial académico que acredite haber obtenido un promedio general de calificación de cuando menos 8 puntos o su equivalente y de nueve puntos o equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la Licenciatura, Especialidad, Maestría o Doctorado.
Además, documentos u otros elementos de prueba que acrediten fehacientemente la actividad jurídica o práctica profesional en el ejercicio de la actividad jurídica, de cuando menos cinco años, para el caso de Magistraturas. Constancia que acredite la residencia de dos años en el Estado para el caso de veracruzanos o veracruzanas; o de cinco años para el caso de personas no nacidas en esta entidad federativa.
Carta bajo protesta de decir verdad que la persona aspirante: Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad; no se encuentra suspendida de sus derechos políticos en términos del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. No haya sido Gobernadora o Gobernador, Secretaria o Secretario de Despacho o equivalente, Fiscal General del Estado, Senadora o Senador, Diputada o Diputado Federal o Local, ni Presidenta o Presidente Municipal, durante el año previo al día de la publicación de esta convocatoria.
Además, presenta un ensayo de tres cuartillas en el que justifique los motivos de su postulación. Cinco cartas de referencia de sus vecinos, colegas o personas de reconocido prestigio y solvencia en el campo del Derecho, que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo.
La convocatoria precisa que los juzgadores en funciones serán incorporadas a los listados de candidaturas que el Congreso del Estado remita al Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLE) al mismo cargo que tengan, excepto cuando manifiesten la declinación de su candidatura ante el Congreso del Estado, conforme a las normas jurídicas aplicables, o sean postuladas para un cargo diverso.
En caso de no presentar la declinación, se entenderá por aceptada la candidatura. Cuando participen para un cargo diverso, deberán registrarse oportunamente y satisfacer los requisitos previstos.
Las etapas del registro de candidaturas consistirán en la integración e instalación del Comité de Evaluación de cada Poder Constitucional del Estado; la recepción de documentación para el registro; la revisión y verificación de requisitos; la integración de los expedientes y la remisión de estos a los Comités de Evaluación; la revisión del cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales; la evaluación para el desempeño del cargo; la selección de las personas mejor evaluadas; así como el proceso de insaculación, la generación de los listados finales, su remisión al OPLE y la publicación de resultados.
Las personas servidoras públicas en funciones en alguno de los cargos que sean materia del Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 y pretendan una postulación para un cargo diverso, deberán informarlo al Congreso del Estado con cuando menos tres días previos al cierre de esta convocatoria general, a efectos de no ser incorporadas en los listados de candidaturas.
El Congreso del Estado cancelará las candidaturas de las personas servidoras públicas que omitan informar lo anterior y sean postuladas por alguno de los Poderes para un cargo diverso al que ocupen.
Agrega que se solicita al Poder Ejecutivo, a la Fiscalía General del Estado y al OPLE, para que en sus respectivos ámbitos de competencia, cuiden que la etapa de campaña del proceso electoral “con seguridad y sin interferencia de cualquier institución o agente que pueda afectar la imparcialidad, la equidad en la contienda y el ejercicio de los derechos político-electorales”.