Xalapa, Ver.- (AVC) La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio la razón al municipio de Acayucan en la controversia constitucional 313/2023, promovida por el reclamo de 28 millones 627 mil 417 pesos en recursos federales que, de acuerdo con el Ayuntamiento, fueron entregados al Gobierno de Veracruz pero no llegaron a las arcas municipales.
La sentencia, publicada el 30 de septiembre de 2026 en la Gaceta Oficial del Estado, declaró inválido el oficio mediante el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público rechazó intervenir para que esos recursos fueran entregados directamente al municipio.
La Primera Sala determinó que la respuesta de Hacienda vulneró los principios de integridad de los recursos municipales y de ejercicio directo previstos en el artículo 115 constitucional, al considerar que los municipios deben contar con mecanismos para reclamar recursos federales que no les hayan sido transferidos por los gobiernos estatales.
El conflicto tiene origen en recursos correspondientes principalmente a los ejercicios fiscales 2012, 2015 y 2016. Acayucan sostuvo que el Gobierno de Veracruz recibió las ministraciones federales, pero omitió entregarlas al municipio.
El monto reclamado asciende a 28 millones 627 mil 417.62 pesos y corresponde a distintos fondos: 4.9 millones del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social de octubre de 2016; recursos del Fondo de Hidrocarburos; 18.3 millones del Fondo Metropolitano Acayucan 2012; 1.16 millones de remanentes de bursatilización y 3 millones del programa FORTALECE 2016.
En el caso del Fondo Metropolitano, el municipio reclamó específicamente 18 millones 315 mil 377 pesos, mientras que por el FAIS de octubre de 2016 señaló un adeudo de 4 millones 947 mil 429 pesos.
El Ayuntamiento argumentó que había solicitado previamente a la Secretaría de Finanzas y Planeación de Veracruz el pago de los recursos sin obtener respuesta, por lo que en 2023 acudió ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para pedir que se afectaran las participaciones federales del estado y que la Federación realizara el pago directamente a Acayucan.
Hacienda respondió mediante el oficio 315-A.-0810, del 6 de marzo de 2023, que los recursos del FAIS habían sido ministrados al Gobierno de Veracruz conforme al calendario correspondiente y señaló que correspondía a las entidades federativas transferirlos a sus municipios.
Sin embargo, la Corte concluyó que esa respuesta no atendió de manera directa la petición de Acayucan para aplicar el mecanismo previsto en la Ley de Coordinación Fiscal, mediante el cual la Federación puede intervenir cuando un estado no entrega recursos federales a un municipio.
La sentencia establece que este mecanismo no sólo protege las participaciones federales, sino también las aportaciones, pues ambas forman parte de los recursos municipales y deben ser entregadas de manera puntual. La Corte sostuvo que, ante una retención injustificada, Hacienda puede descontar los recursos de futuras ministraciones al estado y entregarlos directamente al municipio afectado.
La resolución no ordena el pago inmediato de los 28.6 millones de pesos reclamados. Lo que establece es la invalidez del oficio de Hacienda y obliga a esa dependencia a emitir una nueva respuesta, considerando los criterios fijados por la Suprema Corte y decidir nuevamente sobre la solicitud presentada por Acayucan.
La controversia fue promovida en 2023 por el municipio de Acayucan contra el Poder Ejecutivo Federal. La Primera Sala resolvió que el asunto era procedente y fundado, y ordenó publicar la sentencia tanto en el Semanario Judicial de la Federación como en la Gaceta Oficial de Veracruz.