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Jueves 28 de marzo de 2024
Pili y Lili

Actualizado: 2021-10-15
�DEBO, NO NIEGO; PAGO, LO JUSTO�

Teresa Carbajal

Pili y Lili

El art�culo 17 de la Ley General de T�tulos y Operaciones de Cr�dito precisa que cuando un t�tulo de cr�dito sea pagado, debe restituirse o devolverse al deudor como muestra fehaciente e inequ�voca de que el pago ha sido satisfecho, la falta de exigencia de este requisito al finalizar una relaci�n de cr�dito, podr�a dar lugar a cualquier tipo de historia cuyo final o desenlace sea el terminar con la amistad, el lazo afectivo, familiar e incluso con el patrimonio.
Este es el caso de Pili y Lili dos buenas amigas que acostumbraban pasar sus vacaciones familiares juntas en compa��a de sus hijos y esposos, se socorr�an siempre en todo tipo de apuro, y compart�an desde secretos, problemas, confidencias, consejos e incluso en cuestiones de dinero; no hab�a entonces motivo alguno para desconfiar, despu�s de tantas muestras de solidaridad y amistad sincera.
Por azares del destino la tragedia lleg� a casa de Lili, pues a muy joven edad perdi� a su esposo qued�ndose a cargo de sus hijos, afortunadamente recibi� una peque�a pensi�n mensual y un beneficio econ�mico como indemnizaci�n del seguro por el fallecimiento de su esposo. Con la pensi�n le alcanzar�a para medio vivir, pero le ayudar�a mucho no pagar renta, as� que invirti� el dinero recibido en la compra de un terreno, y decidi� que poco a poco ir�a ahorrando para construir en �l una peque�a casa.
Los planes llegaron a o�dos de su excepcional amiga Pili, quien para entonces administraba los dineros de la caja de ahorros de su trabajo quien propuso a Lili un plan: pedir prestado ambas a la caja y dividirse el dinero. As� Lili podr�a ir poco a poco pagando los costos de la construcci�n y terminar pronto su vivienda y Pili tendr�a para pagar algunas deudas y pendientes, de esos que nunca faltan.
�Y como podr�amos hacerle o qu� necesitamos firmar? Pregunt� Lili, ya inquieta por la propuesta, pues no le parec�a un mal plan. Muy sencillo -respondi� Pili- tu pedir�s el dinero y ambas firmaremos un pagar�, t� como deudora y yo como aval, nos dividiremos el pago de los intereses y del capital hasta cubrir todo y al final ambas saldremos beneficiadas.
As� pidieron no uno, sino cinco pr�stamos de los que al final Lili ya no pudo completar el pago, pues otra serie de problemas llegaron para entonces a su vida, despu�s de dialogar con su amiga y pedir que la esperara un poco mas para resolver lo del pago, y a sabiendas que hab�a quedado a deber solo su mitad del �ltimo de los pagar�s aceptados, no pens� en ello como un motivo de preocupaci�n.
Hasta que despu�s de unos meses recibiera en su domicilio la demanda de Pili en donde le reclamaba el pago de los cinco pagar�s con las cuentas completas y aduciendo que Lili no hab�a pagado cantidad alguna de las ah� estipuladas, solicitando el embargo de su casa y el remate de la misma en caso de que no le fuera pagado el total de la deuda con intereses al 8 por ciento mensual como inter�s moratorio de cada uno de los pagar�s vencidos.
El pago se lo requer�a por v�a de un juzgado, y con un abogado de por medio que hab�a sido contratado por Pili para recuperar el monto total de los cinco pagar�s firmados, abogado que ten�a a su vez derecho, conforme al contrato de prestaci�n de sus servicios, de reclamar como pago de sus honorarios el 20 por ciento del total de lo recuperado incluyendo intereses, mas los costos del juicio.
Lamentablemente en aquel a�o Lili tuvo la doble desgracia de haberse encontrado con un abogado que no supo defenderla adecuadamente en el juzgado, hoy con una sentencia en contra, se enfrenta ya al remate de su propiedad en subasta p�blica al no tener dinero para cubrir la deuda.
El exceso de confianza en la amistad, restarle valor a su firma, y la falta de orientaci�n legal puede colocar a cualquiera en una situaci�n agravada como la de Lili, sirva este espacio nuevamente para repasar una lecci�n muy viejita: si firm� un pagar� y lo pag�, �rec�jalo! y rescate su firma, no se arriesgue a un doble cobro, no ponga en riesgo su patrimonio.


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