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Viernes 29 de marzo de 2024
La contra reforma de la SCJN y sus consecuencias

Actualizado: 2020-11-24
La contra reforma de la
SCJN y sus consecuencias

Rafael P�rez C�rdenas

De la resoluci�n que dict� ayer la Suprema Corte de Justicia (SCJN) respecto a la pol�mica e inconstitucional reforma electoral para el estado de Veracruz, se han hecho todo tipo de conjeturas y comentarios por parte de los interesados en el proceso electoral del pr�ximo a�o. Partidos, actores pol�ticos y aspirantes se disputan la medalla jur�dica, algo que a la ciudadan�a la tiene sin el menor cuidado.

Todo se reduce a un principio b�sico: las cosas quedan en el mismo estado en que estaban en abril pasado, antes de la reforma a la Constituci�n aprobada en mayo y al C�digo Electoral modificado en octubre. Jur�dicamente, no pas� absolutamente nada, salvo violentar el inicio y la organizaci�n del proceso electoral.

De lo que sucedi� ayer en la Corte, cada quien intenta interpretar lo que le conviene: que si se quit� el blindaje al gobernador en materia de revocaci�n de mandato �eso ni siquiera se incluy� en la reforma, lo siguen confundiendo con consulta popular-, que si los actuales presidentes municipales s� se podr�n reelegir porque ya no hay impedimento en la Constituci�n local, que si Morena ya no podr� hacer trampa porque para eso era la reforma. Las dos primeras conjeturas son falsas; la tercera est� por verse.

La revocaci�n de mandato no fue motivo de la reforma, al contrario, se excluy� de manera premeditada. Nunca se blind� al gobernador y por tanto no se le retir� tal blindaje. De acuerdo a la Constituci�n federal, el Congreso local deber� legislar las figuras de consulta popular y revocaci�n de mandato antes de junio de 2021, lo que terminar�a de una vez por todas con tal confusi�n.

El caso de los alcaldes es m�s complejo. La reforma armonizaba el 115 Constitucional donde se establece que �las Constituciones de los estados deber�n establecer la elecci�n consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y s�ndicos, por un per�odo adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres a�os.�

En cumplimiento de esta disposici�n, la reforma local reduc�a el periodo constitucional de los Ayuntamientos de cuatro a tres a�os y se permit�a su reelecci�n por un periodo consecutivo, �en t�rminos de la Constituci�n Federal�, para Presidentes Municipales, Regidores y S�ndicos. Al desecharse la reforma, el periodo de Ayuntamientos seguir� siendo de cuatro a�os sin posibilidad de reelecci�n.

Ahora ya no habr� reelecci�n. Lo que s� habr� es un nuevo periodo de cuatro a�os para las pr�ximas autoridades (2021-2025). De esa forma, la elecci�n de Ayuntamientos y Gobernador del Estado ya no ser�n concurrentes en 2024.

Esto s�lo es responsabilidad del Congreso al violentar el proceso legislativo, por lo que invalid� incluso lo que se trataba de una armonizaci�n simple y llana con la Constituci�n federal. La Corte ni siquiera entr� al fondo del asunto al acreditarse los fallos del proceso y la falta de consulta a las comunidades ind�genas y afrodescendientes, algo que pasaron por alto los �nclitos juristas parlamentarios.

Lo cierto es que estamos como al principio. El proceso debi� haber iniciado a principios de mes y no en enero como impuso la reforma. A estas fechas, ya tendr�an que estar instalados los Consejos Municipales y Distritales; las tareas de la organizaci�n deber�an estar en una etapa muy avanzada. Tambi�n es cierto que el gobierno tendr� que desembolsar una suma millonaria para restituir al OPLE y a los partidos pol�ticos lo que se les quit�, algo as� como 250 millones de pesos.

En conclusi�n, �qu� fue lo que rechaz� la SCJN ayer? Se elimin� el recorte de las prerrogativas de los partidos pol�ticos nacionales con registro en el estado �algo que el propio TEPJF hab�a determinado en la v�spera-, evit� el desmantelamiento del sistema electoral y el debilitamiento del OPLE con la desaparici�n de las tareas del monitoreo y la obligaci�n de realizar por cuenta propia el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP). Hacerlo todo otra vez.

Lo cierto es que cancelar la figura de los Consejos Municipales romp�a el principio legalidad que concede a los ciudadanos la potestad de la organizaci�n, desarrollo y c�mputo de la jornada electoral, adem�s de que pon�a en vilo la gobernabilidad de los municipios y la seguridad de los funcionarios electorales durante la jornada.

Al caer la reforma tambi�n se desecharon las adecuaciones aprobadas al C�digo Electoral que le daban sustento. No se reutilizar� el material electoral, ni se suprimen �reas y tareas del �rgano electoral; adem�s, tambi�n se desechan las disposiciones que afectaban al Tribunal Electoral local.

Con el argumento de la Corte de que se viol� la constitucionalidad y el proceso legislativo ha quedado claro que no es lo mismo la primitiva y autoritaria ley de la aldea que la Constituci�n federal. Ya pas� en Baja California y ahora en Veracruz.

Morena tendr� que ganar en las urnas lo que pretend�a ganar en la mesa y los tribunales.

Las del estribo

1. Brillante exposici�n la de este lunes del magistrado, catedr�tico de la Facultad de Derecho de la UNAM y notario p�blico, Amadeo Flores Villalba, durante el webinar �El Notariado y el nuevo sistema de justicia penal acusatorio�. Confirm� que el nuevo sistema no es un asunto s�lo de jueces, fiscales y polic�as, algo que no han entendido muchos de sus operadores.
2. �Y d�nde est� el piloto? Resulta que el morenismo local no estaba preparado para el rev�s de la Corte. Ni el Gobernador, ni el Grupo Parlamentario de Morena, tampoco la dirigencia estatal del partido o el representante ante el OPLE, menos a�n los diputados locales por cuenta propia, salieron a fijar postura. Atr�s qued� la ruidosa celebraci�n de mayo pasado de una votaci�n que cost� millones y la militancia a m�s de un diputado aliado.
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