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viernes 29 de marzo de 2024
   
"Se lavan las manos" en pago de pensión a marinos y soldados caídos
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2018-03-23.- A casi 7 años de que Veracruz aprobó las leyes 240 y 290 que garantizan una pensión para familiares de marinos, soldados y policías estatales caídos en el cumplimiento de su deber, la Sefiplan prácticamente se lava las manos y le “echa la bolita” al IPE, a pesar de que ambas legislaciones le confieren esa responsabilidad.



Xalapa, Ver.- (AVC/Brisa Gómez/ Foto/ Yahir Ceballos) A casi siete años de que Veracruz aprobó las leyes 240 y 290 que garantizan una pensión para familiares de Marinos, Soldados y Policías estatales caídos en el cumplimiento de su deber, la Secretaría de Finanzas prácticamente se lava las manos sobre el pago que debe hacerles y le “echa la bolita” al Instituto de Pensiones del Estado, a pesar de que ambas legislaciones le confieren esa responsabilidad.

En las leyes en mención, si bien se dice que es el IPE el que debe depositar los apoyos trimestrales a las familias de elementos caídos en cumplimiento de su deber, también dice que la encargada de satisfacer ese pago es la Secretaría de Finanzas, destinando una partida presupuestal cada año, para ello, pues el IPE está impedido para tomar recursos de los aportados por derechohabientes del IPE o de su reserva técnica para cubrir dicha prestación.

Hasta el momento no existe información clara de parte de la Sefiplan sobre los apoyos que por ley deben entregarse a cónyuges, concubinos, hijos e hijas, de los elementos, pues en las dependencias encargadas de atender las disposiciones legales no proporcionan información.

Mediante solicitudes de transparencia hechas a la Secretaría de Seguridad Pública, Finanzas, Contraloría General del Estado e incluso a la Comisión Estatal de Atención a Víctimas, se solicitó a las dependencias estatales conocer el monto de apoyos y el número de beneficiarios, así como las partidas desde donde salieron los recursos.

La única dependencia que respondió de manera parcial a estas peticiones fue la Secretaría de Seguridad Pública, la cual reveló que entre el 2011 y 2017 se contemplaron y otorgaron apoyos a las familias de 56 elementos, sin embargo no hay más información.

La Ley 290, que garantiza una pensión y el otorgamiento de vivienda a las familias de los policías caídos, señala que es la Secretaría de Finanzas, la que a través del Instituto de Pensiones, debe entregar los pagos trimestrales a las familias beneficiarias, sin embargo argumenta no tener información, pese a que la legislación la obliga a depositar al IPE los recursos correspondientes.

A la fecha sólo se sabe de manera oficial de 56 familias de policías estatales muertos, cuyas viudas o concubinas, hijos e hijas podrían ser susceptibles de recibir el apoyo, pues de Soldados y Marinos no hay reconocimiento de esta obligación ni por parte de Seguridad Pública o de la Secretaría de Finanzas y Planeación.


La aprobación de las leyes, como estímulo al combate de la inseguridad


En 2011, el Pleno del Congreso Local, durante una Sesión Extraordinaria, en presencia del entonces gobernador Javier Duarte de Ochoa, aprobó por unanimidad el otorgar un apoyo económico vitalicio por viudez y orfandad a familiares de elementos del Ejército, Fuerza Aérea y la Marina que perdieran la vida en Veracruz en alguna situación relacionada con su actividad.

Esto fue en una Sesión Extraordinaria, que se llevó a cabo el 17 de febrero de 2011, ante el mandatario y con la presencia del entonces comandante de la Sexta Región Militar, general de división René Carlos Aguilar Páez.

En la Ley 240 se establecía que para los elementos del Ejército, caídos en cumplimiento de su deber, sus viudas, concubinas, hijos e hijas, deberían recibir de manera trimestral una pensión de 420 veces el salario mínimo en la capital del estado, es decir, a precios actuales poco más de 36 mil pesos. Ver Ley

Meses después de dicha aprobación, el 24 de agosto de 2011, ante la inconformidad de elementos policiacos estatales, -quienes incluso lo expresaron en manifestaciones sobre sus condiciones de trabajo-, al Gobernador no le quedó otra más que proponer la iniciativa y al Congreso Local aprobar la Ley 290, donde se establecía también la entrega a deudos de los elementos estatales, quedando establecido que se entregarían trimestralmente 420 veces el salario mínimo vigente en la capital para viudas, concubinas, hijos e hijas. Ver Ley 

En este caso, además, a las familias que carecieran de una vivienda, el Instituto de la Vivienda de Veracruz debía otorgarles una, para que la viuda o concubina y sus hijos e hijas, pudieran habitarla, siempre que carecieran de este tipo de propiedad.

Pero, ¿hay soldados y marinos muertos?

En abril de 2012, ya entrada en vigor la Ley 240, fueron detenidas 12 personas, menores de edad al menos tres de ellas, quienes participaron en el secuestro, tortura y ejecución de cuatro elementos de la Marina Armada de México -ocurrido en Xalapa-, quienes habían incluso participado en tareas de patrullaje en la zona de Veracruz-Boca del Río.

Esos elementos se encontraban en Xalapa, tomando parte en un taller que se impartía en la academia de policía y en un momento en que salieron fue cuando el grupo delincuencial los capturó para asesinarlos y dejar sus cuerpos abandonados en una carretera.

En febrero de 2017 también se reportó la desaparición de tres elementos de la Marina Armada de México, quienes fueron secuestrados por integrantes de la delincuencia organizada mientras realizaban tareas de seguridad.

Esos tres elementos, cuyo paradero aún se desconoce, fueron dados por muertos por la propia Marina Armada de México.

Apenas el 5 de agosto de 2017, un elemento de Marina fue atacado junto a su familia en la ciudad de Córdoba, dejando no solo muerto al oficial, sino también severamente lesionada a su esposa y sus dos hijos. El Marino se encontraba ubicado en la zona de Córdoba, realizando tareas de seguridad y se encontraba en su día de descanso cuando ocurrieron los hechos.

Los elementos del Ejército también han sido reportados con bajas, una de esas bajas ocurrió el 12 de mayo de 2012, un elemento del ejército falleció a consecuencia de una volcadura que sufrió la unidad en la que eran transportados cuando participaban en tareas del operativo Veracruz Seguro.

Sin embargo ni en manos de la Secretaría de Finanzas, que es la encargada de pagar las pensiones, ni en documentos de transparencia del Ejército Mexicano se da a conocer el número de elementos que perdieron la vida en Veracruz y cuyas familias reciben la pensión.


Poca información y las dependencias se lavan las manos

Las dos leyes aprobadas por el Congreso Local y publicadas en las Gacetas Oficiales del Estado entraron en vigor de manera inmediata, sin embargo hasta la fecha, de acuerdo con respuestas obtenidas a través de solicitudes de transparencia, de 2011 a la fecha, sólo se han otorgado estos beneficios a 56 familias de policías caídos, cuyos municipios de procedencia o fechas de defunción no se dan a conocer.

Tampoco se especifica en cuántos de los 56 casos de policías caídos se han otorgado viviendas, aunque el once de noviembre de 2015, Javier Duarte de Ochoa, aún Gobernador entonces, hizo la entrega de 22 departamentos a igual número de familias, sin embargo no se especificó si desde entonces a la fecha hubo otra entrega.

Al cuestionar a la Secretaría de Seguridad Pública sobre los elementos del Ejército que han caído en cumplimiento del deber, la respuesta fue que son datos que no tiene en su poder y que eso sólo corresponde a la Secretaría de la Defensa Nacional.

Por ello sólo podía informar sobre los 56 policías caídos y sus familias, cuyos casos recomendó indagar con la Secretaría de Finanzas.



A la Secretaría de Finanzas se le hizo la misma pregunta, por el tipo de apoyos y el número de beneficiarios, pues tanto la Ley 240 (que beneficia a familiares de soldados), como la 290 (para familias de policías) señalan que esta dependencia es la responsable de recibir los casos y canalizarlos al Instituto de Pensiones del Estado.

La respuesta fue que pese a buscar en sus archivos, no tenía información, recomendó entonces que se acudiera al Instituto de Pensiones que es la dependencia encargada de dar las pensiones.

Esto es lo que dice el segundo artículo transitorio de la Ley 290: “La Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado realizará, en un plazo no mayor a sesenta días naturales, la redistribución presupuestal y reasignación de partidas necesarias para contar con la previsión presupuestal que permita dar cumplimiento a la presente Ley, en el ejercicio fiscal en que ésta entre en vigor, e incluirá dicha previsión en los subsecuentes proyectos de presupuesto. En ningún caso se usarán recursos de las aportaciones que recibe el Instituto de Pensiones del Estado ni de sus reservas técnicas para la cobertura de los beneficios previstos en esta Ley”.

En el caso de la Ley 240, también se establece que será la Secretaría de Finanzas, a través del Instituto de Pensiones quien debe pagar los apoyos trimestrales a los deudos, sin embargo no establece de qué partida deben o no salir los recursos.

En el caso de ambas legislaciones, se cuestionó además de la procedencia de los recursos, pues ambas leyes establecen que se debe de etiquetar una partida para ello, sin embargo en el presupuesto estatal, no fue posible encontrar dicha especificación.





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