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Martes 23 de abril de 2024
Fin al fuero

Actualizado: 2018-04-23
FELIPE DE JES�S FERN�NDEZ BASILIO

DESDE A JANELA

FIN AL FUERO

En los �ltimos d�as trascendi� la noticia de que la C�mara de Diputados del Congreso de la Uni�n aprob� una reforma constitucional para eliminar el coloquialmente llamado �fuero� de los servidores p�blicos de alto rango tanto federales como locales, comenzando con ello el proceso que a la postre terminar� con esa figura.

Mas antes de hablar sobre la pertinencia o impertinencia de dicha medida, es necesario saber acerca de lo que significa dicha palabra y de la aplicaci�n que en pol�tica se le da.

En primer lugar, hay que se�alar que la palabra fuero es utilizada s�lo en el imaginario popular ya que en ninguna parte de la Constituci�n de la Rep�blica la misma aparece, mas esa designaci�n popular no sali� por s� misma, sino que deviene de nuestras m�s antiguas y arraigadas tradiciones hisp�nicas, mismas que nunca debemos negar y as� como hay quienes defienden a ultranza las ra�ces ind�genas tambi�n estamos los que defendemos con el mismo tes�n nuestra herencia hisp�nica y no nos encontramos en oposici�n sino que nos complementamos en la comprensi�n de nuestro M�xico mestizo.

Y siguiendo esas tradiciones es como encontramos el significado que consuetudinariamente (en la costumbre) le damos a dicha palabra y el mismo deviene de la Iberia de la reconquista, aquel periodo en el que los diversos reinos cristianos de la pen�nsula hisp�nica reconquistaron territorios que estaban en poder de los musulmanes y para lograr la colonizaci�n de los mismos los reyes tanto de Asturias primero, luego los de Le�n y al final los de Castilla as� como los de Arag�n, Navarra y Portugal otorgaron privilegios a las comunidades que en dichos territorios se asentaban, los cuales se llamaban Fueros y consist�an en excepciones a la ley com�n que las Coronas otorgaban con la finalidad de repoblar los territorios conquistados y tambi�n existen los que se otorgaron para la colonizaci�n de regiones inh�spitas de Am�rica como el que se otorg� a los canarios para poblar Tejas.

Posteriormente el fuero evolucion� para referirse a la particularidad legal a la que estaban sujetos los miembros de ciertas corporaciones como el ej�rcito o las �rdenes religiosas en el siglo XIX y posteriormente el que en la actualidad lo tienen los funcionarios de alto rango locales y federales, los militares y se conserva su uso para referirse a la aplicaci�n de leyes federales o estatales, ya que en el primer caso hablamos del fuero federal y en el segundo del fuero local.

Siendo el denominador com�n y por lo mismo la esencia del fuero el privilegio o a�n mejor dicho la excepci�n que los que cuentan con �l tienen frente a la ley com�n y en la actualidad podemos ver que tambi�n hay fueros de trabajadores, campesinos, mujeres, usos y costumbres ind�genas y todos aquellos a los que por �su condici�n especial� la ley les concede ventajas artificiales en la aplicaci�n de las normas jur�dicas.

Y en el caso de los altos funcionarios p�blicos ese privilegio consiste en que no pueden ser detenidos ni procesados penalmente mientras est�n en su encargo o sean previamente separados de sus funciones mediante una declaratoria de procedencia que emita la C�mara de Diputados en el caso de los funcionarios federales o las legislaturas de los estados a recomendaci�n de la primera en el caso de los locales.

Ahora bien esta inmunidad fue incluida en las constituciones de los pa�ses democr�ticos con el objetivo de proteger al encargo, no a la persona; ya que es muy f�cil iniciar investigaciones criminales en contra de cualquiera, de hecho basta con que alguien sea se�alado por cualquiera para que la fiscal�a inicie una investigaci�n con los inconvenientes que esto trae para el indagado, ya que tiene que comparecer y enderezar una defensa y en el caso de un funcionario de primer nivel el riesgo de estar sometido continuamente a investigaciones es mayor y el tener que estar respondiendo acusaciones penales continuamente le impedir�a ejercer sus atribuciones con normalidad, perjudicando con ello al Estado, por ello es que se brinda esa protecci�n al encargo.

Mas ello no quiere decir que haya impunidad, ya que las investigaciones pueden llevarse a cabo y en caso de tener un avance s�lido la fiscal�a puede pedir la separaci�n del cargo del funcionario aludido y una vez que haya sido separado de su encargo mediante la declaratoria de procedencia ya se�alada, puede continuar con el procedimiento en su contra, mas el imputado ya no ejercer� sus funciones p�blicas y podr� dedicarse a su defensa sin entorpecer las actividades del Estado.

El problema es que esta protecci�n constitucional ha sido muy alcahueteada por la C�mara de Diputados, ya que las bancadas de los partidos a los que pertenecen muchos de los investigados han paralizado a prop�sito los procesos penales iniciados en su contra con base en criterios pol�ticos y no jur�dicos, de ah� es que se ha acrecentado la impopularidad del llamado fuero constitucional.

Sin embargo no creo que la soluci�n sea eliminar el fuero debido a que garantiza estabilidad en la funci�n p�blica mas tambi�n creo que lo que se deber�a de hacer es revisar el modo de separar al funcionario investigado de su cargo usando criterios jur�dicos en lugar de pol�ticos pero ello conlleva hacer un estudio m�s profundo del problema y ahorita estamos en a�o electoral y el populismo campea en todas partes, resultando m�s f�cil y r�pido eliminar el fuero constitucional de un plumazo sin medir las consecuencias que ello pueda acarrear en el futuro.

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